AGEPJ realizará en los próximos días un planteo en relación al Ac. Nro. 907 del TSJ del pasado 01/10/21 por la que se modificaron las pautas de aprobación para los denominados “exámenes generales” solicitando que dicha resolución se haga extensiva al resto de los “exámenes únicos”. Específicamente, se trata de los exámenes de los Fueros Penal Juvenil, Ejecución Penal, Auxiliar Colaborador/A de la defensa publica del Interior, Civil-Quiebras, Civil-Ejecución Fiscal y Penal Económico.
Como sindicato celebramos que haya existido empatía institucional por parte del TSJ entendiendo que era necesario modificar las pautas de aprobación para los exámenes debido al escaso tiempo que se había otorgado. Sin embargo, consideramos que dicha modificación debe hacerse extensiva, en estricto respeto a la igualdad necesaria en todos los procesos de concursos, al resto de los exámenes que se rindieron en forma “única”. Al haberse bajado las pautas de aprobación para los exámenes generales al 50% y mantenerse el 60% para los específicos que restan tomarse (tornándose en un promedio de un 54.54% para aprobar ambos exámenes), desde el gremio advertimos una desigualdad para quienes ya rindieron los exámenes únicos ya que esas personas necesitaron un 60% para aprobar.
Además, se advierte que quienes ya rindieron los denominados exámenes “únicos” contaron con menor tiempo de estudio y poder de focalización para prepararse en su examen. Ya que quienes aún tienen que rendir el examen especifico de su fuero, tienen un tiempo más hasta que se defina la fecha de los mismos para prepararse en forma específica para esas pruebas. Además, si se calcula la cantidad de preguntas que existieron en los exámenes “únicos” en relación a los generales, el porcentaje de tiempo destinado a cada pregunta para los exámenes “únicos” redundó en 1.71 u 1.84 minutos; mientras que en los generales el tiempo para cada pregunta supero el promedio de 2 minutos.
Finalmente, el TSJ en el Ac. 907 del pasado 01/10/21 justificó la modificación de las pautas de aprobación para los exámenes generales porque consideró que si aprobaban menos personas se iba a contar con un orden de mérito escaso en dichas convocatorias y en consecuencia existía la posibilidad de que se impongan en el futuro nombramientos “sujetos a concurso”. Esa razón, no escapa a los órdenes de mérito de los exámenes “únicos”, ya que existe un bajo nivel de aprobación con pocas personas habilitadas para componer los futuros ordenes de mérito. En algunas de las convocatorias aprobaron, por ejemplo, 40 personas de 208 que se presentaron, es decir un 19.2% como lo es el caso de la convocatoria Ac. Nro. 142 para Auxiliar colaborador/a de la defensa del interior o 29 personas de 145 que rindieron, con un 20% para la convocatoria por Ac. Nro. 164 para Prosecretario Letrado para los Juzgados de Ejecución Fiscal.
De esta forma AGEPJ solicitará al TSJ que la modificación de las pautas de aprobación se haga extensiva al resto de los exámenes denominados “únicos” para volver a dotar de justeza por respeto a la igualdad en el proceso de concursos para exámenes jerárquicos.
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