En nota enviada al TSJ el gremio le reiteró su rechazo a la norma que se sancionó en diciembre en la legislatura provincial y a instancias del ejecutivo por la cual se difiere «para el próximo ejercicio anual los incrementos salariales correspondientes a los meses anteriores al momento de su dictado».
Sin perjuicio de dicho reclamo de principios, en defensa del interés de las empleadas y empleados judiciales AGEPJ propuso alternativas al respecto. En primer lugar solicitó que se realicen las gestiones para precisar la fecha exacta del pago de los retroactivos y que los mismos sean actualizados conforme la inflación que se produzca en el tiempo transcurrido entre su generación y su pago. De esa manera y reiterando el rechazo a la sanción de la ley N° 10789 (diferimiento), el poder adquisitivo del salario de los y las trabajadores judiciales, se vería conservado.
Además de ello AGEPJ propuso la creación por única vez de un fondo compensador para hacer frente a los posibles retroactivos y de esa manera cumplir en tiempo y forma con los mismos, únicamente para empleados y empleadas Judiciales que, en realidad, no son más que una expresión del sistema salarial consagrado por la ley n° 9725 y ratificado luego por el acuerdo tripartito celebrado entre AGEPJ, Tribunal Superior de Justicia y el Poder Ejecutivo de la Provincia.