En comunicación dirigida al Tribunal Superior AGEPJ rechazó las normativas impartidas a juzgados y oficinas respecto a la necesidad de designar un empleado o empleada suplente para la próxima feria del mes de enero de 2022.
AGEPJ repudió y exigió la revisión de la pretendida imposición que establece que la o el agente designado debe permanecer en su domicilio durante 15 días del mes de feria, para estar disponible ante la posibilidad de activación del Protocolo Covid19, sin que dicha disponibilidad otorgue derecho a compensación.