El gremio de Judiciales de Córdoba presentó un pedido formal con carácter de urgencia a la Secretaria de Trabajo de la Provincia a los fines de solicitarle arbitre reunión para el jueves 12 o viernes 13, con los representantes del Tribunal Superior de Justicia en el marco de la mesa negociación iniciada el 26 de mayo del corriente año.

La solicitud con urgencia se debe a que, en la última reunión de las partes del pasado lunes 9 de junio, desde AGEPJ se solicitó expresamente a los representantes del TSJ que se definiera la modalidad del pago del 2,5% otorgado por Ac. 8/2025 de la CSJN del 21/05/2025 en el marco del actual sistema salarial de las y los empleados del Poder Judicial. El pedido de las y los trabajadores es que se mantenga el pago del 2,16% ya adelantado por la provincia en calidad de porcentaje no remunerativo y que se abone el 2,5% dispuesto por la CSJN como aumento remunerativo, en la modalidad normal de nuestro sistema salarial. Ante ello los representantes del TSJ se comprometieron a tener una respuesta el pasado martes 10 de junio. Sin embargo, no se ha obtenido respuesta oficial del empleador en torno al pedido referido.

Cabe resaltar que la solicitud de la representación de AGEPJ hacia el empleador se debe a la enorme perdida salarial que las y los judiciales de Córdoba venimos sufriendo ( Al igual que el resto de las y los trabajadores del país) y que, debido a ello, nos encontramos en la mesa negocial para evaluar alternativas en torno a la equiparación con la Justicia Federal a modo de recomponer salario. Perdida que no hace mas que agravarse con el paso del tiempo y sin respuestas ni paliativas ni estructurales como las que estamos en proceso de discusión.
Apelando al dialogo y a la buena fe negocial es que desde AGEPJ solicitamos se convoque a una reunión particular de la mesa negocial para los días que restan de la semana en curso a fin de abordar el tema aquí planteado: respuestas en torno al pedido de que se mantenga el 2,16% no remunerativo al mismo tiempo en que se avanza en el pago del 2,5% dispuesto por la CSJN de conformidad al sistema salarial con sus correspondientes retroactivos.