Ante la inminencia de restablecerse –parcialmente- el trabajo presencial en los tribunales de capital AGEPJ remitió  una solicitud al Tribunal Superior para que dentro del Poder Judicial “ se tengan en consideración las tareas de cuidado que el personal judicial pueda tener respecto de niños, niñas, adolescentes y adultos mayores y su consecuente armonización tanto con el trabajo presencial como remoto.”

En otro orden también se solicitó al TSJ, a partir del anuncio del pago del 10% adeudado con los sueldos de junio que informe las fechas del pago de los retroactivos debidos.


La nota del título es en parte reiteración de una presentación del mismo tenor ya efectuada con el agregado, esta vez de argumentos vertidos por la vocal del TSJ Aída Tardítti en la pagina web de la Asociación de Mujeres Juezas de Argentina. La misma sostiene que en la actual sociedad patriarcal se asigna en mayor proporción e intensidad las tareas de cuidado de personas y del hogar a las mujeres y que en el marco de la pandemia las mujeres insertas en el mercado formal de trabajo también ha tenido dificultades para armonizar las tareas de cuidado con el desarrollo del trabajo remoto o teletrabajo.


En la presentación nuestra organización gremial plantea que “Es necesario prever la dispensa de presencialidad para agentes que tengan personas a cargo por mantenerse cerrado tanto el sistema educativo y de cuidado en general, y existir restricciones para el acceso de asilos y geriátricos para adultos mayores.” y a su vez que “…las tareas remotas deben coordinarse con la disposición tanto de tecnología como de tiempo en relación a las exigencias pedagógicas para niños, niñas y adolescentes”.

En la misma nota se sostiene el rechazo a la suspensión del receso judicial previsto para julio ya que atenta contra el derecho laboral al descanso, principalmente para aquellos/as judiciales que han continuado prestando servicios durante el “servicio judicial de emergencia” tanto en forma presencial como remota. Dicho personal, debería ser compensado al menos con sus correspondientes días de descanso.