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Tribunales II

VIOLENCIA LABORAL Y PERSECUCIÓN SINDICAL

 

AGEPJ denunció ante el TSJ a la jueza de Control N° 4 Anahí Hampartzounian por violación a la ley 8575 (Jornada laboral)  y por  obstaculizar el ejercicio de la libertad sindical (ley 23.551), desconociendo el instituto de la tutela sindical de la compañera delegada del fuero Stefanía Serra.

El día 20 de febrero la referida Jueza de Control reunió a sus empleados y empleadas y les comunicó que durante las semanas de turno, estos debían quedarse a trabajar después de las 14 hs., sin ninguna contraprestación por las horas extras ni tampoco compensación horaria. Ante dicha directiva la compañera Serra, Delegada titular de Tribunales II, expresó su oposición a dicha medida por ser contraria a la normativa que rige nuestra jornada laboral. El viernes 01 de marzo en evidente conexión con el reclamo realizado por la compañera y vulnerando la tutela sindical, la Jueza Hampartzounian le comunicó a la compañera que debía irse del Juzgado y que le había gestionado una entrevista en otra dependencia judicial.

Sin perjuicio de la acción por práctica desleal que AGEPJ planteará al Ministerio de Trabajo, se solicitó al TSJ se gire la denuncia a sumarios administrativos ya que la jueza se arrogó facultades que exceden las que dispone en el ejercicio de la superintendencia.

La reciente denuncia gremial por violencia laboral y persecusión sindical a una delegada gremial forma parte de una larga lista de presentaciones contra funcionarios y magistrados. Desde el sindicato plantearon que ante casos de violencia de género y laboral hay un vacío legal en cuanto al procedimiento a seguir, lo que origina un tratamiento muy dispar de las denuncias, que oscilan entre el ocultamiento de la situación y la re-victimización de las denunciantes, con muy pocos casos de sanciones para la o el victimario. Por esta situación hemos elevado un pedido con carácter de urgente al Poder Judicial Provincial ,en diciembre de 2018, para que aplique en su órbita la “Ley Micaela” de capacitación obligatoria en cuestiones de género en las dependencias estatales. Ahora en el marco del Día internacional de la Mujer vamos a proponer al Tribunal Superior un Proyecto de Protocolo de Intervención para casos de Violencia Laboral y de Género.

 

El Secretario General Federico Cortelletti de AGEPJ expresó que: “Muchos organismos públicos como las universidades y otras instituciones privadas ya han generado sus propios mecanísmos para prevenir la violencia de laboral y de género y cuentan con herramientas adecuadas de actuación ante esos casos. Creemos que es hora que la Justicia Provincial se ajuste a los nuevos  tiempos y asuma que  la violencia laboral y de género es un flagelo dentro del poder judicial. Lo que venimos denunciando en reiteradas oportunidades demuestra que no son solo casos aislados de algunos magistrados y funcionarios que creen que pueden  estar por  encima de las normas en el trato hacia sus dependientes. Debemos enternder que el  problema es de fondo y por ello el protocolo que presentaremos este viernes e una propuesta  para que entre todos comencemos a cambiar una  cultura organizacional de base machista que modela conductas claramente discriminatorias”

La Pro-Secretaria de Cultura y Capacitación de AGEPJ e integrante de la Intersindical de Mujeres Agostina Noccioli expresó que: “Es realmente  inaudito que  en el marco del día internacional de la Mujer  tengamos que denunciar públicamente a una funcionaria judicial por violencia laboral. En Tribunales II  dicha funcionaria pretende  sancionar a una delegada gremial por defender la ley de jornada 8575 y solicitó trasladarla de su lugar de trabajo impidiendo el ejercicio de la libertad sindical y pretendiendo desconocer el instituto de la tutela sindical.» «Este  hecho infringe lo dispuesto por los artículos 47 y 48 de la ley de Asociaciones Sindicales, ya que la delegada  goza de “tutela sindical” y es contrario a derecho pretender modificar sus condiciones de trabajo (el pase a otro juzgado) mientras dure su mandato y hasta un año de finalizado el mismo. Asimismo la conducta llevada adelante por la magistrada constituye una “práctica desleal” (establecida en la ley de Asociaciones Sindicales en su artículo 53) que oportunamente denunciaremos ante el organismo competente solicitando su cese y consecuente sanción.» Concluyó Noccioli.