#LucharTieneSentido  

#TeníamosRazón #PlenaVigenciaDerechoDeHuelga

La Administración General del Poder Judicial derogó normativa que restringía el Derecho de huelga

Fue luego de la denuncia pública de AGEPJ, -que tuvo eco en  diversos medios de comunicación- y la presentación legal que interpusimos el pasado 20 de Febrero. Allí exigimos a la Administración General la inmediata modificación de la resolución N° 181 y adecuación de la misma al Derecho Constitucional (Art. 14 bis).

AGEPJ argumentó que «la adhesión a una medida de fuerza no constituye una falta injustificada y que la normativa menoscababa los legítimos derechos de las y los trabajadores judiciales en la adopción de medidas de acción Gremial».

Finalmente la Administración derogó la norma cuestionada por AGEPJ, mediante resolución N 23/19 que fue notificada al gremio el pasado Viernes 8 de marzo.  

Este 8 de Marzo paramos en toda la provincia de 12 a 14 hs y presentamos un Proyecto de Protocolo Contra la Violencia Laboral y de Género.

El paro se cumplió con Asambleas y movilización. La asamblea de capital concluyó con la lectura del documento final elaborado por la Intersindical de Mujeres de Córdoba que AGEPJ integra.

La movilización fué en las sedes del Interior hacia las superintendencias y en capital hacia el TSJ para presentar el proyecto de AGEPJ de Protocolo contra la Violencia Laboral y de Género.

El Protocolo: El mismo tiene el objetivo de brindar herramientas, criterios claros y unificados de actuación para la detección precoz – prevención primaria de situaciones conflictivas en las distintas dependencias, siendo estas pautas meramente orientadoras, como así también el tratamiento adecuado de la violencia laboral y de género, construyendo espacios laborales saludables que redunden en obtener mayor eficacia y eficiencia en la prestación del servicio de justicia.

El proyecto es una elaboración colectiva de un conjunto de compañeras del sindicato busca superar el vacío legal existente ante casos de violencia de género y laboral, proponiendo un procedimiento integral para prevenir, sancionar y erradicar el problema. El actual panorama al respecto no es muy alentador ya que existe un tratamiento muy dispar de las denuncias, que oscilan entre el ocultamiento de la situación y la re-victimización de las y los denunciantes. Hace click y descargá  Proyecto Protocolo

 

#SiNosTocanAUnaNosTocanAtodas

#PorUnAmbienteLaboralLibreDeViolencia

Tribunales II

VIOLENCIA LABORAL Y PERSECUCIÓN SINDICAL

 

AGEPJ denunció ante el TSJ a la jueza de Control N° 4 Anahí Hampartzounian por violación a la ley 8575 (Jornada laboral)  y por  obstaculizar el ejercicio de la libertad sindical (ley 23.551), desconociendo el instituto de la tutela sindical de la compañera delegada del fuero Stefanía Serra.

El día 20 de febrero la referida Jueza de Control reunió a sus empleados y empleadas y les comunicó que durante las semanas de turno, estos debían quedarse a trabajar después de las 14 hs., sin ninguna contraprestación por las horas extras ni tampoco compensación horaria. Ante dicha directiva la compañera Serra, Delegada titular de Tribunales II, expresó su oposición a dicha medida por ser contraria a la normativa que rige nuestra jornada laboral. El viernes 01 de marzo en evidente conexión con el reclamo realizado por la compañera y vulnerando la tutela sindical, la Jueza Hampartzounian le comunicó a la compañera que debía irse del Juzgado y que le había gestionado una entrevista en otra dependencia judicial.

Sin perjuicio de la acción por práctica desleal que AGEPJ planteará al Ministerio de Trabajo, se solicitó al TSJ se gire la denuncia a sumarios administrativos ya que la jueza se arrogó facultades que exceden las que dispone en el ejercicio de la superintendencia.

La reciente denuncia gremial por violencia laboral y persecusión sindical a una delegada gremial forma parte de una larga lista de presentaciones contra funcionarios y magistrados. Desde el sindicato plantearon que ante casos de violencia de género y laboral hay un vacío legal en cuanto al procedimiento a seguir, lo que origina un tratamiento muy dispar de las denuncias, que oscilan entre el ocultamiento de la situación y la re-victimización de las denunciantes, con muy pocos casos de sanciones para la o el victimario. Por esta situación hemos elevado un pedido con carácter de urgente al Poder Judicial Provincial ,en diciembre de 2018, para que aplique en su órbita la “Ley Micaela” de capacitación obligatoria en cuestiones de género en las dependencias estatales. Ahora en el marco del Día internacional de la Mujer vamos a proponer al Tribunal Superior un Proyecto de Protocolo de Intervención para casos de Violencia Laboral y de Género.

 

El Secretario General Federico Cortelletti de AGEPJ expresó que: “Muchos organismos públicos como las universidades y otras instituciones privadas ya han generado sus propios mecanísmos para prevenir la violencia de laboral y de género y cuentan con herramientas adecuadas de actuación ante esos casos. Creemos que es hora que la Justicia Provincial se ajuste a los nuevos  tiempos y asuma que  la violencia laboral y de género es un flagelo dentro del poder judicial. Lo que venimos denunciando en reiteradas oportunidades demuestra que no son solo casos aislados de algunos magistrados y funcionarios que creen que pueden  estar por  encima de las normas en el trato hacia sus dependientes. Debemos enternder que el  problema es de fondo y por ello el protocolo que presentaremos este viernes e una propuesta  para que entre todos comencemos a cambiar una  cultura organizacional de base machista que modela conductas claramente discriminatorias”

La Pro-Secretaria de Cultura y Capacitación de AGEPJ e integrante de la Intersindical de Mujeres Agostina Noccioli expresó que: “Es realmente  inaudito que  en el marco del día internacional de la Mujer  tengamos que denunciar públicamente a una funcionaria judicial por violencia laboral. En Tribunales II  dicha funcionaria pretende  sancionar a una delegada gremial por defender la ley de jornada 8575 y solicitó trasladarla de su lugar de trabajo impidiendo el ejercicio de la libertad sindical y pretendiendo desconocer el instituto de la tutela sindical.» «Este  hecho infringe lo dispuesto por los artículos 47 y 48 de la ley de Asociaciones Sindicales, ya que la delegada  goza de “tutela sindical” y es contrario a derecho pretender modificar sus condiciones de trabajo (el pase a otro juzgado) mientras dure su mandato y hasta un año de finalizado el mismo. Asimismo la conducta llevada adelante por la magistrada constituye una “práctica desleal” (establecida en la ley de Asociaciones Sindicales en su artículo 53) que oportunamente denunciaremos ante el organismo competente solicitando su cese y consecuente sanción.» Concluyó Noccioli.

Córdoba, 20 de Febrero de 2019.

Sra. Presidenta del Tribunal Superior

de Justicia de la Pcia. de Córdoba, Dra.

María Marta Cáceres de Bollati.-

S                             /                                     D

 

Federico Emilio Cortelletti, Secretario General de AGEPJ se dirige a Ud. y por su intermedio a los demás integrantes del cuerpo que preside para expresarle la preocupación que las empleadas y empleados que judiciales que nuestra organización representa tenemos respecto a la situación salarial y demás temas de la agenda gremial.

 

                                               En primer lugar AGEPJ reafirma sus objetivos históricos de Equiparación salarial -por asistirnos, igual que al sector de magistrados y funcionarios el mismo derecho constitucional de “a igual tarea, igual remuneración” y Porcentualidad por tratarse del sistema salarial que con mayor justicia distribuye salarios acorde la distribución interna de tareas y responsabilidades  en el Poder Judicial. En dicha línea manifiesta que la doble política salarial imperante es fuente permanente de irritación y conflicto y que el TSJ debe otorgar una recomposición salarial para el sector que representamos.

 

                                               Asimismo forman parte del universo de reivindicaciones de las empleadas y empleados judiciales -y es preciso continuar avanzando en ello- el pase a planta de todas y todos los contratados del Poder Judicial, la declaración de insalubridad en Policía Judicial, la erradicación de la violencia laboral y de género dentro del Poder Judicial,  el respeto a la carrera judicial con ascensos periódicos, concursos de oposición y antecedentes para el ingreso y para acceder a los cargos del funcionariado, condiciones dignas de trabajo respetando estándares mínimos de higiene y seguridad y el establecimiento bilateral de nuestros derechos y obligaciones. 

 

                                               Es también un permanente reclamo de nuestra organización sindical la exigencia de que el dialogo se lleve a cabo haciendo uso de las herramientas de la negociación colectiva por ser ella un factor clave para la equidad, la eficiencia, el buen funcionamiento de la administración de justicia y el establecimiento de condiciones decentes de trabajo.

 

Respecto a la cuestión salarial, no escapa a su conocimiento que el incremento salarial de los empleados judiciales en 2018 fue del 32% frente al 47,5 de inflación. Lo que marca que la pauta salarial ha sido insuficiente para mantener el poder adquisitivo del salario de los empleados y empleadas judiciales -como del conjunto de las trabajadoras y trabajadores argentinos- viéndose afectado gravemente.

 

Que los salarios de magistrados y funcionarios también se ven sometidos a dichas variables. Sin embargo es necesario considerar que dicho sector inició hace varios años un proceso de recomposición salarial –del que fuimos excluidos los empleados- que los llevó a salir de la emergencia provincial decretada en 1995 hasta la sanción de la ley de equiparación salarial de 2012.

 

Es así que mientras que  los empleados y empleadas áun permanecemos en la emergencia de 1995 adeudandonos un 1% de antiguedad el sector de magistrados y funcionarios salió de la misma con otro sistema de antiguedad y título.

 

Que en 2004 el TSJ dictó acordada 237/C a través de la cual dispone “ a partir del 1 de enero de 2005 una compensación por armonización mensual equivalente a la diferencia entre los aportes personales previsionales del 22 % en relación al 12 % existente a nivel nacional, únicamente para magistrados y funcionarios” que en los hechos significó un aumento salarial del 10%  para  funcionarios y magistrados.

 

Dicha “compensación por armonización”  constituye un hito en el camino del sector de magistrados y funcionarios hacia la equiparación salarial y a su vez es uno de los elementos constitutivos del doble estándar salarial que se observa hoy en el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba ya que a partir de allí el sector de empleados continúa aportando  18% frente al 12% del esfuerzo previsional del sector de funcionarios y magistrados. Como dato relacionado no debe escapar a su conocimiento que a pesar del esfuerzo previsional y sistema salarial diferenciado el sector de magistrados y funcionarios provoca un déficit a la caja de jubilaciones si tomamos en cuenta el monto global aportado y el monto global de jubilaciones pagadas, situación que no se verifica con respecto a los empleados, cuenta que da superavit.

 

Que en 2011 se sancionó la ley de Equiparación Salarial para funcionarios y magistrados, cuya implementación culminó en 2015 alcanzando las remuneraciones del sector un 90 % de equiparación a sus pares federales. Ello profundizó entre un 26% (según cuadro adjuntado) y un 35 % la diferencia salarial que ya existía con el sector de empleados tomando en consideración que previo a la ley de equiparación 10 salarios de un ingresante equivalían a un salario de vocal del TSJ (relación reconocida como virtuosa por el tribunal) y hoy dicha relación se encuentra en 13,5 a 14 salarios respectivamente.

 

Magistrados y Funcionarios Empleados
Año Pauta Salarial Plus equiparación Acumulativo SI- No Pauta Salarial Acumulativo SI- No
2012 24% 3.50 No 24% No
2013 35% 3.25 Si 26% No
2014 35% 3.50 Si 35% Si
2015 30% 4% Si 30% Si

 

Que dicha brecha salarial o doble Estándar ha sido reconocida por el TSJ en diversos instrumentos. El TSJ suscribió en 2013 la acordada 245/13 donde se plasma el objetivo de avanzar progresivamente hacia un sistema porcentual. Que el contenido de dicha acordada fue confirmado para 2014 y 2015.

 

El año 2016 el TSJ, el Ministerio de Trabajo y AGEPJ suscribieron un acuerdo donde el TSJ confirma el compromiso asumido por acordadas relativo a la implementación de un sistema salarial homogéneo para el Poder Judicial y manifiesta su voluntad de someter a análisis técnico el avance hacia dicho sistema salarial homogéneo. Dicho acuerdo se vió afectado en octubre de 2016 por un incumplimiento -regularizado en 2017-, continuando adeudando el TSJ a las empleados y empleadas judiciales el aumento correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2016.

 

Que a su vez la actual conducción, desde su asunción el 17 de octubre de 2014 accionó con la voluntad de recomponer salario y cerrar la brecha salarial aludida a través de distintas iniciativas que giraron en torno a:  la devolución de la antigüedad, bonificación por título, reestructuración de aportes previsionales. Que el TSJ no ha dado curso a ninguna de dichas propuestas, incumpliendo las obligaciones asumidas en los instrumentos mencionados.

 

Que esta evolución histórica y la actual coyuntura económica legitiman sobradamente el reclamo salarial actual de AGEPJ. Es justo, urgente y necesario que las trabajadoras y trabajadores judiciales obtengamos una recomposición salarial. Por ello venimos por la presente a solicitar que se de tratamiento en forma especial y urgente a cuatro nuevas propuestas:

 

– Modificación de la acordada 237 serie C de 1/12/2004 o dictado de una nueva. Se requiere que así como la 237 dispone la devolución de un 10%  a magistrados y funcionarios ubicando su esfuerzo previsional en un 12 % del salario se establezca la devolución para el sector de empleados y empleadas de un 6% lo que igualaría el esfuerzo previsional en un 12 %. Implicaría un aumento salarial del 6% y supondría el comienzo del cumplimiento del TSJ a sus propios acuerdos de avanzar hacia un sistema salarial homogéneo.

 

Clausula de Revisión Salarial: que a modo de «clausula gatillo» permita evaluar en el mes de noviembre de cada año los aumentos percibidos por los trabajadores y la inflación acumulada a los fines de ajustar posibles desfasajes y resguardar el poder adquisitivo del salario. Igualando de esta manera la política emprendida por la provincia respecto a otros sectores de la administración pública. 

 

– Tratamiento de la propuesta de porcentualidad discutida en la mesa de negociación de 2013 entre AGEPJ, TSJ y Federación de Colegios de Abogados

AGEPJ cuestionó legalmente la resolución de la Administración del Poder Judicial que limita y cercena el derecho de huelga.

A través de un escrito, presentado el miércoles 20 de Febrero se solicitó la inmediata modificación y adecuación de la misma al Derecho Constitucional (Art. 14 bis) ya que la adhesión a una medida de fuerza no constituye una falta injustificada.

 

Recordamos que la resolución cuestionada, que lleva la firma del Administrador General del Poder Judicial Ricardo Rosemberg dispone que los funcionarios responsables de oficina informen la adhesión a los paros por parte de las trabajadoras y trabajadores y que ante la falta de dicho informe se sancione al agente con falta injustificada. Esta situación expone a los empleados a sufrir doble descuento y lo que resulta más grave, habilitaría la apertura de sumario.

            El Sindicato de los trabajadores Judiciales de Córdoba (AGEPJ) emitió un comunicado denunciando que la Administración General del Poder Judicial dictó una resolución que limita y cercena en forma ilegal y arbitraria el derecho de huelga. La norma dispone que los funcionarios responsables de oficina informen la adhesión a los paros por parte de las trabajadoras y trabajadores y que ante la falta de dicho informe se sancione al agente con falta injustificada. Esta situación expone a los empleados a sufrir doble descuento y lo que resulta más grave, habilitaría la apertura de sumario.

AGEPJ afirmó que «De no mediar un cambio en los próximos días en la resolución por parte de la Administración General se llevarán adelante todas las acciones legales pertinentes y pondremos en marcha las medidas de fuerza gremiales que consideremos oportunas». En este sentido recalcamos  que esta resolución se da en el marco del conflicto que venimos llevando adelante por recomposición salarial, constituyendo claramente una represalia. En concreto, los empleadxs judiciales reclamamos que fuimos discriminados por la ley de equiparación que solo benefició a magistrados y funcionarios llevando a que hoy un vocal del TSJ perciba  una remuneración de $ 310.000 lo que constituye 14 veces el salario de un ingresante, estando dicha relación en diez salarios de un ingresante antes de la ley de equiparación.

 

El Secretario General de AGEPJ, Federico Cortelletti expresó que “Esta resolución cercena el derecho de huelga garantizado por la constitución a las y los trabajadores exigiendo un informe que no depende del agente y que constituye, en definitiva, una sanción y persecución a aquellos empleados que realicen un paro en defensa de sus derechos.”

El Secretario Adjunto Adrián Valan acotó que “El administrador general del Poder Judicial, Ricardo Rosemberg -que es abogado- ha suscripto una barbaridad jurídica  que impone sanciones a unxs -lxs empleadxs- por faltas y omisiones de otros -los funcionarios-. Es irracional que nos sancionen a las trabajadoras y trabajadores  que nos sumamos a un paro por un informe que deben hacer los responsables de oficina, muchos de los cuales utilizan esta situación para presionar. Resulta además muy irritante que funcionarios que cobran más de ciento cincuenta mil pesos impongan por descuido o intencionalidad una sanción a trabajadores que estamos defendiendo el poder adquisitivo del salario en un contexto de aumento desmedido de precios y tarifas.”

La CSJN Dispuso el pasado Jueves 7 de febrero la liquidación y pago de un incremento salarial del diez por ciento (10%) a partir del 01 de marzo de 2019, para todas las categorías del escalafón del Poder Judicial de la Nación.

En virtud del acuerdo tripartito de 2016 el mismo aumento nos corresponde a Judiciales de Córdoba.

 

Si bién se imputa a la pauta 2018, Se cobra muy tarde (recién en abril) y por ello mismo no compensa la pérdida de poder adquisitivo que sufrimos en 2018.

 

Desde AGEPJ continuamos solicitando recomposición salarial -que en nuestro ámbito ya recibió el sector de magistrados y funcionarios con la ley de equiparación- y es lo que plantearemos personalmente al TSJ en la reunión que hemos solicitado.

 

Para discutir y elaborar el plan de acción gremial, el miércoles 13 de febrero a las 9:30 hs se realizará  reunión de Consejo Consultivo del interior y posteriormente del Cuerpo de Delegadxs de capital.

El gremio de Judiciales anunció un paro de actividades el primero de febrero para exigir una urgente recomposición salarial para empleadas y empleados del Poder Judicial.

 

El 2019 comenzó con anuncios de aumentos en luz, gas, transporte, combustible, peajes, etc. El impacto inflacionario es lo que sigue.  Durante 2018, con la lucha logramos garantizar el cumplimiento de la pauta de la CSJN (acuerdo tripartito con el TSJ y el Gobierno Provincial) y revertir los incumplimientos de nuestra patronal

Sin embargo esa pauta (30 % al básico, 32,7 % acumulado) se quedó corta ya que la inflación trepó al 47,5%. Aunque en el fuero federal no existe la brecha salarial que en aquí generó la equiparación exclusiva para Magistrados

En este escenario el TSJ no ha dado respuesta a los legítimos  planteos de  recomposición salarial que AGEPJ sostiene. Los mismos buscan que la patronal cumpla con los acuerdos para revertir la brecha (que firmó desde 2013 en adelante) y compensar la inflación que la pauta de la corte no cubrió en 2018.

Actuando corporativamente el TSJ nos viene negando lo que para el gremio de magistrados ya otorgó: RECOMPOSICIÓN SALARIAL

¿Cómo terminamos 2018?

 Tuvimos un 30% al básico (32,7 % acumulado, restando cobrar los retroactivos).

 

Los Retroactivos

Por la lucha de 2018 los cobramos el 23/01/19  y el 22/02/19. SIN RECOMPOSICIÓN SALARIAL PARA EMPLEADAS Y EMPLEADOS SE MANTENDRÁ EL CONFLICTO EN EL PODER JUDICIAL

 

 

 

Con la lucha de todxs logramos el pago de los retroactivos

 

Fecha de Pago

El Tribunal Superior de Justicia informó hoy al gremio que el pago de los retroactivos adeudados de octubre y noviembre se harán efectivos, (sólo para las empleadas y empleados) respectivamente los días 23 de enero y 22 de febrero de 2019.

El plan de lucha y sus resultados

El 9 de Noviembre la Asamblea General Extraordinaria facultó a Comisión Directiva disponer medidas de fuerza en caso de incumplimiento salarial del TSJ.

A partir de ello, por la falta de recomposición salarial, de aumento a cuenta y la demora de la CSJN en disponer el tercer tramo de aumento se convocaron asambleas en toda la provincia que desembocaron en el gran paro provincial del 30 de noviembre, con abandono en todas las sedes del interior y una importante movilización en capital hacia tribunales uno. Al mismo le sucedió el paro por 24 hs. del 5 de diciembre.

Luego la Administración del Poder Judicial dictó resolución 262/18 replicando el aumento otorgado por la CSJN de un 10% a partir de octubre. Sin embargo puso en duda el pago del 10% correspondiente a los meses de octubre y noviembre, ante lo cual la Comisión Directiva de AGEPJ decretó un paro de 36 horas para el 13 y 14 de diciembre que tuvo más de un 80% de acatamiento e incluyó otra gran movilización a tribunales uno, previo pasilleo interno. Las movilizaciones y paros estuvieron acompañadas también por una gran cantidad de asambleas de base en toda la provincia, que incluyeron además de edificios algunos sectores específicos.

 

El 19 de diciembre los cuerpos orgánicos de AGEPJ, de interior y capital nos movilizamos hasta las puertas del TSJ para presentarle al tribunal una intimación de pago y luego decretamos dos nuevas jornadas de paro para el 28 de diciembre y 1 de febrero.

Este proceso de lucha ha desencadenado finalmente que en el día de hoy la administración garantice el pago y establezca las fechas en que percibiremos los retroactivos.

#Sin Respuesta Patronal #Continúa El Plan De Acción Gremial

Hoy realizamos reunión de Comisión Directiva con Delegadxs del interior y Cuerpo de Delegadxs de Capital. Presentamos al TSJ intimación al pago de los retroactivos de Octubre y Noviembre. Se Debatieron la acciones a seguir por el resto del año y comienzo del  2019.

Se resolvió:

Paro Provincial Viernes 28 de Diciembre (Sin Asistencia ni marcación)

Continuidad de Asambleas en Capital e Interior

Paro Provincial 1 de Febrero de 2019 (Sin Asistencia ni marcación)